El pre-universitario y la universidad

Columna Consignas de Rafael Caldera, publicada en el diario El Gráfico, el 13 de mayo de 1949

El Segundo Ciclo de la Educación Secundaria, bachillerato especializado o pre-universitario, es una rama de la educación que está en período de prueba todavía. Su historia en Venezuela no es muy larga. Recuerdo como en el año escolar 1931-1932, aprovechando el entonces Ministerio de Instrucción Pública el que los cursos universitarios no se abrían regularmente sino cada dos años, ensayó con nosotros (los bachilleres de 1931) un llamado «curso preparatorio», especie de PCN francés, que funcionó en la Universidad. El ensayo no tuvo éxito, más que todo porque anunciado en definitiva su carácter no obligatorio (no había disposición legal que permitiera exigir los exámenes respectivos para ser admitido en la Universidad) fue disminuyendo la asistencia de alumnos y cundiendo desánimo en los profesores. En el pre-universitario de Derecho, sólo Caracciolo Parra llevó hasta el final su brillante cátedra de Ética, orientada a la cabal comprensión de las relaciones entre Moral y Derecho.

La Ley de Educación de 1940 introdujo, para verse en dos años, el Segundo Ciclo de la Educación Secundaria, pero no lo hizo obligatorio (art. 219, Disposición Transitoria) sino para los alumnos que no hubieran cursado el primer bienio en el momento de su promulgación (15 de julio), de manera que el primer año de segundo ciclo se abrió en septiembre de 1943. La Reforma Parcial de 1944 redujo el curso a un año. Sólo cinco cursos han funcionado hasta ahora, llenos de las alternativas conocidas que ha venido sufriendo en los últimos años el proceso de la educación.

Fundamental cuestión en la cual los ensayos de Segundo Ciclo no han logrado éxito, es la de sus relaciones con la Universidad. El Pre-Universitario, como generalmente se le llama, funciona como una extensión de los estudios secundarios, sin contacto con la Universidad. No es un secreto para nadie la ojeriza que sectores del MEN tienen contra las universidades. Esa ojeriza creció de punto durante el Ministerio de Prieto, pero no ha dejado de haberla antes y después, en voceros de una tesis de desdén por parte del Consejo Técnico y organismos administrativos del MEN hacia los estudios superiores.

Parece que se olvida el carácter propedéutico del Segundo Ciclo. Ese carácter propedéutico está paladinamente consagrado en el Proyecto de Estatuto Provisorio, al decir: «Artículo 45. El Segundo Ciclo, que se estudia como preparación indispensable para ingresar en las universidades…». Se reconoce pues, el principio: pero no se le atribuyen consecuencias prácticas.

He aquí, pues, que el Pre-Universitario capacita para ingresar a la Universidad, pero la Universidad no interviene en nada en su funcionamiento. Los profesores universitarios no hemos podido obtener que se nos reconozca injerencia en la elaboración de pensum o programas; que esté representada la Universidad en los exámenes; ni siquiera la docencia universitaria califica para tener Cátedras en el Pre-Universitario, pues al menos en principio, los profesores de éste deben ser graduados en el Pedagógico.

Las consecuencias de la total separación son malas. Facultades Universitarias ha habido que han sostenido la necesidad de examen de admisión, después de haber sido aprobado el alumno en un curso que, precisamente, «se estudia como preparación indispensable para ingresar en las universidades». Y los programas de algunas materias universitarias sufren constante bamboleo, por la frecuente e inconsulta modificación de los programas del Segundo Ciclo.

No sostengo el que los cursos pre-universitarios funcionen en la Universidad. Ello sería congestionar las Casas de Estudio Superiores, y haría imposible el funcionamiento del Segundo Ciclo en lugares donde se desarrolla con éxito creciente. El Pre-Universitario no ha de ser una rama exclusivamente universitaria. Debe ser, más bien, la confluencia entre la Educación Secundaria y la Superior: el eslabón entre el Consejo Técnico y la Universidad. Ese necesario eslabón que ponga a las Universidades en contacto con las experiencias y reformas de las otras ramas de la educación y haga patentes en el Consejo Técnico las experiencias y necesidades de la Universidad y las modalidades del espíritu universitario. Creo que, por consiguiente:

  1. Es cierto que el Segundo Ciclo no puede funcionar como anexo a la universidad: debe auspiciarse su generalización en buenos planteles de Bachillerato y en poblaciones importantes de Provincia, donde quizás serán la semilla de futuras escuelas universitarias;
  2. Pero el Segundo Ciclo, o Pre-Universitario, debe reconocer la injerencia de las Universidades en aspectos tales como los siguientes:

1º. Los cursos de Segundo Ciclo deben adscribirse a las zonas universitarias de la República, a fin de que cada Universidad ejerza cierta tuición sobre los cursos de bachillerato especializado que regularmente los proveerán de mayor número de alumnos;

2º. El pensum de cada especialidad no deberá fijarse por el MEN sin previa opinión e informe del Consejo Universitario respectivo, el cual para ello tomará en cuenta la opinión de las Facultades correspondientes a los diversos ciclos y, dentro de ellas, a los Departamentos más afines;

3º. Los programas respectivos serán igualmente aprobados por los competentes organismos universitarios;

4º. El examinador extraño, en las pruebas finales, será designado por los organismos universitarios;

5º. La condición de docente universitario bastará plenamente (no como gracia transitoria) y hasta deberá acordar preferencia para el ejercicio de cátedras afines del Pre-Universitario.

En éstos u otros aspectos similares ha de reconocerse el carácter propedéutico del Segundo Ciclo, para no mantener obstinadamente el divorcio que quiso remediarse entre el Bachillerato y la Universidad.